ASUNTO: GRUPO INTERPRETACIÓN DE CIVEA.
Estimados/as compañeros/as.
El pasado día 2 de febrero se reunió el grupo de interpretación de CIVEA, al objeto de finalizar la adaptación normativa del III CU.
(ver propuesta)Como ya os hemos informado quedaban tres aspectos pendientes de acuerdo. Permiso de Paternidad, Órganos de Selección y Régimen Disciplinario.
En cuanto a los Órganos de Selección la Administración manifiesta que queda tal y como se contempla en el CU.
En el Permiso de Paternidad la Administración ofrece trasladar al CU lo contemplado en el Estatuto Básico del Empleado Público (15 días) o el que lo desee previa comunicación, lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores, 2 días de permiso y 13 de suspensión de contrato.
Se incluye en la adaptación todo el tema de permisos, vacaciones, licencias, etc, del referido Estatuto del Empleado Público, por estar así contemplado su vinculación al personal laboral.
CC.OO se opone, al entender que además de los 10 días contemplados en el CU, hay que añadir los 13 de suspensión de contrato, es decir 23 días.
En cuanto al Régimen Disciplinario, otro tema que el EBEP contempla de vinculación al personal laboral, la Administración propone.
Faltas leves y graves, igual que el CU, al no estar desarrollado en el EBEP.
Faltas Graves las del EBEP,
Procedimiento sancionador, el contemplado en el CU, al no estar desarrollado en su totalidad en el EBEP.
Prescripciones. Lo contemplado en el EBEP.
Una vez hechas las respectivas exposiciones por parte de todos se procede a su aprobación, desde UGT damos nuestra conformidad, no quedando aprobado por la oposición de la mayoría, que entienden que el EBEP es una norma básica y por lo tanto en la negociación se puede modificar, la Administración recuerda que el CU se encuentra prorrogado.
La Administración expone que dado que no ha sido aprobada la adaptación normativa, el texto del CU permanece tal cual, por lo que va a enviar a los diferentes ámbitos Ministeriales el cumplimiento del mismo, por lo que el trabajador que no este de acuerdo tendrá que acudir a los Tribunales.
Paradoja al no llevarse a cabo la adaptación no se contempla la readmisión, Art. 96.2 del EBEP, sin embargo en el ámbito de Exteriores que no están incluidos en la vinculación del EBEP, se encuentran negociando el Régimen Disciplinario de su personal, la propuesta es básicamente lo contemplado en el CU, CC.OO no firma dicha propuesta si no se recoge precisamente lo contemplado en el EBEP en su Art.96.2.
Para vuestro conocimiento se remite Propuesta de Adaptación, permisos, vacaciones, etc del EBEP y firma del III CU.
Un cordial saludo
Andrés Harriero Borrero.(UGT)